¿Afectado por la DANA? Te explicamos como reclamar los daños y desperfectos
Este año 2021 no da tregua. Y es que nos encontramos ante un año bastante más atípico de lo que nos esperábamos, entre los ciclones, terremotos, huracanes, tifones, volcanes en erupción e inundaciones. Son las inundaciones las que más ha repercutido en los granadinos. Inundaciones como consecuencia de las fuertes precipitaciones de fuertes lluvias que ha traído consigo la última DANA (Depresión Aislada en Niveles Altos). Fenómeno natural que por suerte no se han cobrado ninguna vida humana pero que en cambio han dejado una huella de destrozos a su paso.
¿Se hace cargo mi seguro de los daños sufridos a causa de riadas e inundaciones?
Estos fenómenos, suponen un varapalo económicamente a los afectados, por norma general las aseguradoras no cubren los daños provocados por fenómenos naturales, ya que estas situaciones son consideradas como un riesgo extraordinario.
A pesar de ello, el Consorcio de Fenómeno Compensaciones de Seguros (CCS) se creó para este tipo de situaciones. Un ente público cuyo objetivo es cubrir aquellos riesgos que no están incluidos en los productos de las asegurados. El Consorcio de Compensación de Seguros aclara que, en el caso de vehículos afectados por las inundaciones, los daños serán cubiertos siempre y cuando se den ciertas circunstancias:
- Un anegamiento del terreno producido por la acción directa de la lluvia, procedente del deshielo o de los lagos que tengan salida natural.
- Cuando los ríos o rías o cursos naturales de agua se desbordan de sus cauces.
- Embates de mar en las costas.
Por lo tanto, no se harán responsables en los casos en los que el vehículo sufra desperfectos por inundaciones provocadas o por fuertes precipitaciones sobre el vehículo, como nieve o granizo. De tal manera que para poder ser indemnizado por el consorcio se debe de tener una póliza de seguro contratada y estar al corriente de pago. Póliza de seguro contratada ya sea de la propiedad o para el vehículo e incluso para cualquier tipo de bien, como por ejemplo equipos electrónicos, oficinas de comercio, pólizas pymes, etc.
¿Cómo comunico los daños?
El plazo oficial que está recogido en la Ley de Contrato de Seguro es de siete días desde que se produce el siniestro. Aun así, lo normal es que el Consorcio de Compensación de Seguros acepte peticiones, aunque se presente fuera de plazo. Además, el Consorcio recomienda que se presente la solicitud a la mayor brevedad que se pueda para facilitar la valoración de los daños y agilizar los trámites. Existen tres vías de notificar los daños, a través de tu propia aseguradora, vía telefónica o desde la web del consorcio
- Tu Aseguradora.
Podrás notificar directamente los daños sufridos a tu entidad, corredor de seguros o agente. Y será tu aseguradora la que te ayudará en todo el proceso y dará instrucciones a seguir.
- Vía telefónica.
Existen dos teléfonos gratuitos para los usuarios: 900 222 665; Prefijo geográfico + 367 042
- A través de la página web y con tu certificado electrónico puedes comunicar el parte de daños a través de este enlace.
Es importante que dispongas en todo momento de:
- Datos del afectado: nombre y apellidos o razón social; NIF o CIF; dirección y teléfono de contacto
- Datos de la póliza contratada: Entidad y nº de póliza
- Información bancaria para el pago de la indemnización
- Datos referentes a los vehículos afectados, marca, modelo y matricula. En el caso de que el vehículo se encuentre en un taller para ser reparado se deberán de proporcionar el nombre del taller, dirección y teléfono del mismo para agilizar la peritación de daños.
En Administraciones de Fincas Cañavate te ayudamos y acompañamos en estos momentos tan difíciles. Porque sabemos que ante estos imprevistos lo mejor es una rápida actuación y coordinación por todas las partes. Una correcta actuación puede ayudar a una pronta recuperación.