El verano se considera la estación del ocio. Los planes en amigos y familia se encuentran en todo momento. Administración de Fincas Cañavate, os contamos que es necesario para realizar esta práctica tan veraniega.
Uso de las barbacoas en una comunidad de vecinos
Uno de los planes típicos de esta temporada es las barbacoas al aire libre o en zonas de comunidades. Este tipo de actividades traen con ellas una normativa de suma importancia, ya que determinará la prohibición en caso de que no se puedan poner en marcha.
La Ley de Propiedad Horizontal establece una prohibición con carácter general a aquellas actividades que sean consideradas molestas e insalubres, tal y como podría suceder con las barbacoas. Este artículo es muy generalista y subjetivo, es decir, cada propietario o vecino podría interpretarlo de una forma u otra.
Cuando realizamos este tipo de comidas, provocan humo, malos olores, ruido… Debido a esto, los integrantes de la comunidad pueden verse afectados y presentar quejas.
Después de analizar estos datos, la conclusión final es; sí, si se puede realizar una barbacoa, instalándose en zonas como terrazas, evitando el malestar de otros vecinos.
Debemos de recordar que las zonas comunes son propensas a recibir más críticas sobre este tema. Piscinas, jardines… estas áreas son compartidas por lo cual hay que aceptar la opinión de la comunidad en caso de realizar actividades como esta.
En caso de decidir hacer una barbacoa se tendrá que taponar o controlar las salidas de humo, no dañar la obra en caso de que la barbacoa sea común, además de revisar las normas de la comunidad en concreto en la cual se efectúen este tipo de acciones.