Fiestas navideñas y comunidades de vecinos

La Navidad es igual para todo el mundo, pero claro está que algunas comunidades de vecinos la viven con más intensidad que otras. 

Nochebuena, nochebuena, la noche de Reyes… Fiestas que van una tras otra, y que, por tradición solemos celebrar por todo lo alto. 

¿Qué ocurre cuando vivimos en una comunidad de vecinos y llegan estas fechas tan señaladas? Los ruidos de los vecinos pueden afectar a la convivencia y al bienestar del edificio.

En el blog de Administración de Fincas Cañavate, hablamos sobre el horario el cual está permitido mantener un nivel de ruido, y cómo mediar sobre una discusión por este tipo de conflictos.

¿Qué argumenta la ley?

Consolidado a 24/10/2007. La Ley 37/2003, de 17 de noviembre , del Ruido, tiene por objeto la regulación de la contaminación acústica para evitar y, en su caso, reducir, los daños que pueda provocar en la salud humana, los bienes o el medio ambiente.

¿Cuál es el horario que debemos de respetar a la hora de hacer ruido?

En general, las comunidades de vecinos permiten hacer ruido de lunes a viernes, de 8:00 a 21:00 o 22:00 horas. Durante este tiempo, se puede poner música, hacer fiestas en casa, llevar a cabo una mudanza o hacer obras, siempre que no se sobrepase el máximo de decibelios. Si es fin de semana o festivo, los horarios se reducen, y solo se puede hacer ruido  de 9:30 a 21:00 horas.

Ten en cuenta que el número de decibelios es importante, ya que sea de día o de noche no se puede superar cierto nivel. Incumplir la normativa puede tener como consecuencia sanciones de entre 750€ y 3000€.

¿Cómo solucionar los problemas de ruido?

De forma amistosa. La primera opción siempre es hablar con el vecino que hace ruido. Puede que no sean conscientes del malestar causado, y el problema suele resolverse solo tras una conversación tranquila.

Hable con el presidente de la comunidad y el administrador. Si después de hablar con el vecino sigue haciendo ruido, puedes escalar el problema al presidente y administradores. Por supuesto, el ruido afecta a otros vecinos, por lo que esta es una forma más formal de presentar una queja y solicitud por escrito. 

Presentar una demanda a través de la comunidad. Si el requisito de formalidad no afecta el abatimiento del ruido, la comunidad puede convocar una asamblea para presentar una demanda. Esto se llama una “operación de cese y desistimiento”.