Convivencia entre comunidades de vecinos y animales

Convivencia entre comunidades de vecinos y animales

Desde Administración de fincas Cañavate,  sabemos lo complicada que es la convivencia entre comunidades de vecinos y animales. Por eso queremos hablaros de este tema tan importante en este tiempo.

Tener una mascota se ha convertido en una necesidad con el paso de los años, además de aumentar sus derechos como seres vivos. Por suerte o por desgracia, no todo el mundo piensa igual, de ahí la cuestión de hoy en Administración de fincas Cañavate.

¿Se pueden llegar a prohibir los animales en una comunidad de propietarios?

La convivencia entre comunidades de vecinos y animales, suelen deparar en conflictos generados por consecuencia de ruidos, olores, suciedades o daños que puedan producir estos.

Aclaramos, que, las mascotas en unos hogares como estos, están permitidos, pero existe una normativa para garantizar la convivencia con mascotas en el seno de las relaciones vecinales.

En este ámbito, destacan por su importancia las siguientes disposiciones:

  1. Con carácter general, se autoriza la tenencia de animales de compañía en los domicilios particulares, siempre que las condiciones de su alojamiento lo permitan, y quede garantizada la ausencia de riesgos higiénico-sanitarios para su entorno.
  2. El propietario o tenedor de un animal adoptará las medidas necesarias para evitar que la posesión, tenencia o circulación del mismo pueda infundir temor, suponer peligro o amenaza, u ocasionar molestias a las personas.
  3. Se prohíbe la permanencia continuada de animales en terrazas o patios, debiendo pasar en cualquier caso la noche en el interior de la vivienda.
  4. Tanto la subida o bajada de animales de compañía en los aparatos elevadores, como su permanencia en espacios comunes de las fincas, se hará siempre no coincidiendo con otras personas, si estas así lo exigieran, salvo en el caso de perros-guía.

Estas son algunas de las citas normativas que han de seguirse en caso de convivencia en una comunidad de vecinos. En caso de incumplimiento de estas, la comunidad o el propietario será afectado mediante una sanción administrativa que variará dependiendo del tipo de infracción.