¿Qué debo saber sobre el reglamento de aperturas de piscinas comunitarias en España?
Con la llegada del calor, empiezan las aperturas de piscinas en las comunidades de vecinos de toda España. Para ello, debemos conocer una serie de reglamentos oficiales que nos ofrece cada comunidad autónoma, antes de realizar dicha apertura. Aunque, todas ellas reúnen una serie de requisitos comunes para todo nuestro país.
Todos los reglamentos, normas dadas por el municipio, ciudad o incluso normas internas que la comunidad quiera imponer, deberá estar a la vista y alcance informativo de todos los vecinos, ya sea colocándose en la puerta de la piscina o en el interior de este recinto.
¿A qué reglamentos nos referimos?
Debemos recordar a los propietarios, que depende del número de viviendas y de la comunidad autónoma donde se encuentren hay una regulación de socorristas, aunque siempre es recomendable contratar a un profesional acreditado por el organismo competente. Este profesional deberá permanecer en las instalaciones durante todo el tiempo de apertura y cierre de la piscina. Existe mucha controversia respecto a si se puede fumar o no en el recinto de la piscina, pues la Ley Antitabaco permite fumar en las zonas al aire libre de la comunidad de propietarios, pero no así en los recintos de recreo infantil, como son las piscinas para niños.
Es importante que no olvidemos esta serie de aspectos…Los horarios establecidos deberán estar sujetos a lo previsto en el estatuto de la comunidad. Así como recordar que no es obligatorio la contratación de un seguro de responsabilidad civil, aunque es muy recomendable.
Si la comunidad no realiza mantenimiento durante todo el año, deberán solicitar un permiso para su reapertura.
Debemos tener en cuenta, eliminar las barreras arquitectónicas. La piscina es una estructura general del edificio y tiene derecho a solicitar la supresión de barreras arquitectónicas.
Dentro de la propia piscina tenemos que saber que siempre deben de estar visible las marcas de profundidad de esta y por norma general, tiene que existir un baño de hombres, señora y discapacitados, este último contará con los recursos necesarios para la comodidad necesarios para ellos.